Antes de proceder a vender una casa heredada en Huelva, tendrás que ser el propietario registral de la misma.
Es decir, el vendedor tiene que constar en el Registro de la Propiedad correspondiente como propietario del inmueble.
*Primeramente, la escritura de la herencia es necesaria para completar el proceso de heredar. Los bienes a heredar no pasan automáticamente a sus herederos. Esto es independiente de que haya o no testamento y del número de herederos.
Entonces, ¿qué tengo que hacer para que la herencia pase a formar parte de mi patrimonio?
La escritura de la herencia, o escritura de aceptación y partición de la herencia, es el acto jurídico mediante el cual el patrimonio de la persona fallecida pasa a ser de sus herederos.
Hasta que no se haga la escritura de la herencia, los herederos
- No podrán vender los bienes
- Ni alquilarlos.
- En la mayoría de los casos, tampoco podrán retirar dinero de las cuentas bancarias.
*Realizado el trámite de la aceptación de herencia ante Notario, cada heredero tendrá que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). Su liquidación se hará antes de los seis meses siguientes al fallecimiento.
*A continuación, habrá que proceder a la liquidación del Impuesto de Plusvalía Municipal. Técnicamente se le denomina como Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
*Por último, dicha escritura de aceptación de herencia se procederá a inscribirla en el Registro de la Propiedad correspondiente. De esta forma el inmueble se inscribirá a nombre de los herederos que constan en la escritura indicada.
A partir de este momento, ya se estará legalmente en condiciones de poder vender una casa heredada en Huelva, sin restricciones de tiempo legalmente establecidas.
Puedes contactar con la Cámara de la Propiedad Urbana de Huelva donde estaremos encantados de resolver tus dudas y ayudarte.